La legislación española obliga a renovar el carnet de conducir una vez finalizado su periodo de vigencia.
¿QUE TENGO QUE HACER?
Solo tienes que acercarte a nuestro centro con tu carnet de conducir y DNI o pasaporte. Te realizaremos la exploración sin esperas y atendido por nuestros profesionales.
Oferta reserva online: 45,00€ +tasas de tráfico*
A tener en cuenta
- Puedes tramitar la renovación de tu carnet de conducir hasta 3 meses antes de su caducidad, sin perder fecha de vigéncia.
- No necesitas traer fotografía
- Nosotros nos encargamos de toda la tramitación para renovar tu carnet de conducir. Ya no es necesario que vayas a tráfico.
- Sales con un provisional, válido durante 90 días, y en unos días recibes el carnet en tu domicilio.
- Sin cita previa
* Según nueva reglamentación, los ciudadanos extranjeros residentes en España, procedentes de algún país perteneciente a la UE, deben renovar su permiso de conducir desde el 19 de enero de 2015.
CIUDADANOS ESPAÑOLES
Por supuesto, pero deberás traer un informe de tu médico o oftalmólogo que acredite tu estado de salud/visión.
Según nueva regulación de finales 2014, y en consonancia con las directrices europeas, es necesario que todas aquellas personas con permiso de conducción comunitario y residentes en España, renueven su permiso de conducción en España, en los siguientes casos:
a) Los titulares de los permisos de conducción comunitarios que hayan caducado o próximos a caducar.
b) Los titulares de los permisos de conducción comunitarios indefinidos o con un plazo de vigencia superior a 15 años para permisos del Grupo 1 ( AM,A1,A2, A, B y BE) o un plazo superior a 5 años para permisos del Grupo 2 (BTP,C1, C1E,C, CE,D1,D1E,D,DE), siempre y cuando, tengan la residencia legal en España transcurridos dos años desde el 19 de enero de 2013, o anterior.